PONENCIA 717 | Selectividad penal: ser adolescente y pobre en Uruguay
El Sistema Penal Juvenil uruguayo opera de manera selectiva a través de la captación de adolescentes pobres. Para este grupo, la penalidad aparece como castigo y vulneración adicional a la que ya han estado expuestos a lo largo de su trayectoria de vida, con condiciones vitales significativamente peores respecto a la de los adultos.
El sentido común punitivo hacia lo juvenil comprende diversas mitológicas que hacen a la producción y reproducción de figura del delincuente juvenil como pantalla de los miedos, los odios y las fascinaciones colectivas. Dichas mitológicas, sin embargo, no responden a la realidad estadística de la participación delictiva adolescente.
Bajo las premisas de un derecho penal del enemigo, los enemigos imaginarios adolescentes, aquellos seleccionados por el sistema, son doblemente penalizados: vulnerados antes de ingresar al ámbito penal, vulnerados dentro del mismo. Esta doble selectividad permitiría explicar cómo la esfera penal, a pesar de constituir un ámbito absolutamente contraindicado en términos de derechos humanos, se construye discursivamente como idóneo para
solucionar malestares contemporáneos, más si se trata de adolescentes, más aún si se trata de adolescentes pobres.