PONENCIA 1033 | Guerra Fría y Ejército argentino

Daniel Paradeda danielepi@hotmail.com

El 2 de septiembre de 1947 se firmó en Río de Janeiro el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR). El acuerdo establecía que ante cualquier agresión militar extranjera a un país americano, el resto de los adherentes debía responder solidariamente con sus FF. AA. En términos concretos, significaba que los EE. UU. se tornaban en gendarmes de la paz en Sudamérica.
La adhesión al tratado implicó para la mayoría de las FF. AA. de Sudamérica la crisis de sus tradicionales hipótesis de conflicto. Ante la imposibilidad de entrar en un conflicto bélico directo con los países fronterizos, el Ejército argentino adoptó como técnica de desestabilización (operación no convencional) de sus Estados vecinos a la subversión. En esta ponencia expondremos los diferentes significados del vocablo subversión en los reglamentos del Ejército argentino publicados entre 1957 y 1977.
La publicación de dichos reglamentos intentó adaptar el accionar de las FF. AA. a las condiciones impuestas por el TIAR, un ajuste que no llegó a constituir una nueva doctrina coherente o que pueda ser encuadrada en algunos de los sintagmas que usualmente utilizan los investigadores del periodo en cuestión: Doctrina de Seguridad Nacional o Doctrina de la guerra revolucionaria. Presentaremos también un estado de la cuestión sobre los trabajos que han intentado clasificar a la renovación doctrinaria de las FF. AA. argentinas y las dificultades que han presentado.

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